Subvenciones para rehabilitación de viviendas 1


El pasado martes 21 de agosto se publicaba en el DOG la convocatoria de 2 de los programas de subvenciones para la rehabilitación de viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021.

Estas ayudas se dividen en 2 líneas:

  • Línea A: ayuda al fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
  • Línea B: ayuda al fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

Requisitos

Entre otros requisitos, las actuaciones deberán ser realizadas en viviendas unifamiliares, en edificios de viviendas de tipología residencial colectiva y en las viviendas ubicadas en estos edificios, siempre que estuviesen finalizados antes de 1 de enero de 1996.

Se podrán incluir dentro de los costes subvencionables las actuaciones preparatorias que se hayan realizado antes de la fecha de la presentación de la solicitud, el coste de la redacción de los proyectos, los honorarios de los profesionales que intervengan, los informes técnicos y certificados necesarios y los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados.

Actuaciones subvencionables

Se considerarán actuaciones subvencionables de la línea A, entre otras, las de mejora de la envolvente térmica de la vivienda o el edificio, la instalación de equipos que permitan  la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia, etc.

Entre las actuaciones subvencionables de la línea B destacan las relativas al estado de conservación de la cimentación, de la estructura y de las instalaciones; las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías (incluso procesos de desamiantado); la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, etc.

Cuantía

La cuantía de la ayuda varía en función del tipo de actuación, dependiendo también del solicitante y sus características, pero puede llegar al 40 % del coste subvencionable de la actuación (y hasta el 75% en algunos casos)

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el día 22 de agosto y termina el 21 de septiembre de 2018.

Además, el procedimiento de concesión de las ayudas es el de concurrencia no competitiva, por lo que primará el orden de presentación de las solicitudes.

Compatibilidades con otras ayudas

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones concedidas para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o instituciones, siempre que el importe de todas ellas no supere el coste total de las actuaciones.

 

Si crees que puedes acogerte a alguno de los programas o tienes cualquier duda, no dudes en ponerse en [CONTACTO] con nosotros sin ningún compromiso sin ningún compromiso:


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